Cuando una persona tiene hijos, su bienestar se convierte en una de sus preocupaciones principales. Y esa preocupación se agrava aún más cuando pensamos en qué ocurrirá con ellos si un día nosotros faltamos.

Y es que todo lo que hacemos en nuestra vida puede tener consecuencias para ellos en el futuro ya que, aunque intentemos evitarlo, hay muchos factores que pueden provocar que junto a los bienes que les dejamos como herencia, les dejemos también deudas o impagos.

 

¿Qué tipo de deudas podemos dejar a nuestros hijos?

Aunque creamos que nuestros hijos no tendrán problemas ya que no tenemos grandes deudas u obligaciones de las que deban hacerse cargo, pueden verse obligados a tener que pagar pequeñas deudas que pueden trastocar su economía.

Un crédito que no hayamos terminado de pagar, las deudas de la tarjeta de crédito o si, por ejemplo, en nuestros últimos días necesitamos cuidados especiales que supongan el pago de personal de asistencia o de tratamientos, pueden derivar en que nuestros hijos se vean obligados a rechazar nuestra herencia para no tener que asumir también nuestras deudas.

Y es que cuando se acepta una herencia, junto a los bienes de la persona fallecida, se aceptan también sus obligaciones, o lo que es lo mismo, las deudas. Esto está provocando que cada vez más familias rechacen aceptar la herencia de sus familiares, ya que no es posible aceptar una herencia parcialmente.

Y esto sin tener en cuenta los gastos derivados a los que nuestros hijos tendrán que hacer frente si aceptan nuestra herencia, desde el pago del Impuesto de Sucesiones, los gastos de notaría o, si en la herencia se incluye un inmueble, el pago al Registro de la Propiedad.

 

¿Cómo podemos evitar dejar deudas a nuestros hijos?

Más allá de cuidar nuestra economía, existen fórmulas como los seguros de vida que garantizan una indemnización a nuestros beneficiarios que les ayudará a sobrellevar mejor cualquier gasto que pueda surgir.

Esta indemnización puede utilizarse tanto para pagar las deudas que hayamos dejado pendientes como para cubrir los gastos derivados del fallecimiento y del impuesto de sucesiones. Además, en función del capital que aseguremos en nuestro seguro de vida, la indemnización puede suponer también unos ingresos extra para nuestros hijos.

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