¿Sabías que además de ofrecerte una gran seguridad para ti y para tu familia los seguros de vida también tienen otras ventajas como beneficios fiscales? Y es que dependiendo de si eres particular, autónomo o empresario, y del tipo de Seguro de Vida que contrates podrás deducirte una parte de su gasto en tus declaraciones.

 

¿Puedo deducirme el seguro de vida en la declaración de la Renta si soy particular?

Ahora que estamos en plena campaña de la Renta puede que te estés preguntando si como particular puedes incluir la cuota de tu seguro de vida en tu declaración. La respuesta a la pregunta “¿desgravan los seguros de vida en la declaración de la Renta?dependerá del tipo de seguro de vida que tengas contratado.

Si se trata de un Seguro de vida vinculado a la hipoteca, como nuestro Seguro de Vida Completa (Seguro de Vida Hipoteca) sí que puedes hacerlo ya que la ley permite desgravarte hasta el 15% de la cantidad total destinada a la compra de una casa, incluyendo los seguros hasta un máximo de 9.040 euros al año. Pero para ello debes cumplir dos requisitos: que se trate de tu vivienda habitual y que la compra de la casa se haya realizado antes del 1 de enero de 2013.

En este caso, debes tener en cuenta que la reducción que se te aplicará dependerá de lo establecido por cada Comunidad Autónoma ya que de ese 15% que te puedes desgravar, un 7,5% es un tramo estatal y otro 7,5% depende de lo establecido por cada Comunidad con dos excepciones: el País Vasco y Navarra donde la Comunidad Autónoma gestiona la totalidad de las deducciones de la Renta.

De este modo en el País Vasco la ley permite desgravarte hasta el 18% de la cantidad total destinada a la compra de una casa (independientemente del año de la compra) mientras que en Navarra puedes deducirte hasta un 15% si la compra se ha realizado antes de 2018.

Si lo que tienes contratado es un Seguro de vida no vinculado a un préstamo, no podrás deducirlo en tu declaración de la renta.

 

Ventajas fiscales de los seguros de vida para autónomos y empresarios

En caso de que seas autónomo o empresario no importa el tipo de seguro de vida que tengas contratado ya que podrás deducir su gasto en tu declaración de la renta o IRPF en todos los casos, al igual que ocurre con otros seguros como los de salud.

Lo único que debes tener en cuenta es que existe un máximo de reducción ya que la ley indica que no podrás deducirte más de 500€.

De este modo si tienes contratado un Seguro de Vida que no esté vinculado a la hipoteca, como el Seguro de Vida Completa (Seguro de Vida Familiar) podrás deducirte los gastos de la prima hasta un máximo de 500€.

Y si se trata de un Seguro de Vida vinculado a la hipoteca, podrás incluirlo en tu declaración de la renta sin tener que cumplir los requisitos que hemos mencionado antes, es decir, que podrás hacerlo incluso cuando no se trate de tu vivienda habitual o cuando la compra de la casa se haya realizado después de 2013.

 

¿Cómo deducirte la cuota de tu seguro de vida en la declaración de la renta?

Si has comprobado que cumples los requisitos para desgravarte tu seguro de vida vinculado a la hipoteca en tu declaración de la renta, deberás sumar el pago de las primas a las cuotas que hayas pagado de tu hipoteca durante el año e incluirlo como la cantidad total destinada a la compra de una casa. Este importe nunca puede superar el máximo establecido, que es de 9.040€.

Pongamos un ejemplo: Si has pagado 300€ de hipoteca al mes y tu cuota mensual del seguro de Vida vinculado a la hipoteca es de 15€ al mes, podrás incluir en tu declaración de la renta 3.780€ de coste de adquisición de tu vivienda por lo que podrás deducirte el 15%, es decir, 567€.

Recuerda que en la declaración de la renta, los gastos relacionados con la vivienda se incluyen en las casillas 547 y 548.

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